El litigio entre la Pontificia Universidad Católica del Perú y el cardenal Cipriani ha dejado de ser un asunto netamente jurídico sobre la herencia de Riva-Agüero (cuyo curso hasta el 2009 se puede ver aquí) para adquirir también un carácter de Estado de Derecho. Si bien no se trata de un pronunciamiento oficial del Vaticano como Estado, sí ha habido una comunicación de su Congregación para la Educación Católica con pretensiones de mandato, como lo ha reconocido el propio cardenal, pero que, al colisionar con la legislación y el interés educativo nacional, no puede ser tomada más que como una sugerencia absolutamente inaceptable. Mirko Lauer la ha descrito bien como «una suerte de decreto supremo transnacional en un tema educativo, con el deleznable argumento del uso de las palabras católica y pontificia en el nombre de la PUCP.»
La comunicación no se ha debido enteramente a las presiones de Cipriani. Fueron las mismas autoridades de la PUCP, con una ingenuidad digna de mejor causa, las que, confiando en sus buenas relaciones con el Vaticano y con otras universidades católicas, enviaron sus estatutos para que estos fuesen aprobados. Hay que reconocer que son muy pocas las universidades pontificias -entre ellas la PUCP- que tienen un régimen especial (democrático) en la elección de sus autoridades, por lo que desde esa perspectiva la PUCP debería ajustarse a lo regular entre las universidades pontificias: la autocracia, pero eso se torna inviable desde la normativa legal peruana (y los principios constitucionales que la rigen), por la cual ésta incluso perdería su habilitación como universidad si no fuese su Asamblea Universitaria la que eligiese al rector.
Pero la muestra de que Cipriani ha estado propiciando una exigencia favorable a su causa está en el testimonio que la misma Congregación ha dado y que no ha podido recibir sino de él, que opina que la actual educación en la PUCP no es católica. En su comunicación, ésta indica que los profesores “deben respetar la doctrina y la moral católica en su enseñanza”, como si no lo hicieran y como si respetar fuese lo mismo que suscribir. Ese mandato, aplicado negativamente, es abiertamente contrario al orden constitucional, según el cual sólo los mismos principios constitucionales restringen la libertad de cátedra que, por lo demás, debe permanecer irrestricta. Se trata de un derecho tanto de los docentes como de los alumnos en todas y cada una de las universidades peruanas. Un docente que enseñe, por ejemplo, que el marxismo ofrece las mejores herramientas para analizar los procesos sociales, con toda la libertad para que sus alumnos discrepen, ¿debería estar obligado a mentir(se) y afirmar que esa creencia es errónea porque desconoce la doctrina y la moral católica, bajo riesgo de ser despedido? ¿O lo mismo si es ateo y no quiere ser hipócrita y jurar la fe católica? Según la Congregación y el cardenal, así debe ser. Pero desde luego que están equivocados, porque lo que manda es la libertad de cátedra asegurada por la Constitución. ¿De qué otro modo, además, podría garantizarse una libre discusión de ideas basada únicamente en la inteligencia y la persuasión? ¿Qué culpa tiene la institución universitaria de que el catolicismo ultramontano no persuada ni tenga autoridad moral por su alejamiento de los principios que enseñó su fundador y por los que fue crucificado? «Dios ha muerto» -decían los teólogos de la muerte de Dios a mediados del siglo pasado- y vuelve a morir cada vez que un hombre recibe un trato injusto, cada vez que se le mata (no sólo en sentido literal)… en suma, cada vez que se atenta contra su dignidad como ser libre. Al negar la libertad y al encubrir delitos abominables de sus miembros, la Iglesia católica mata a Dios una y otra vez.
Caricatura de Heduardo publicada en Perú 21 (22.08.2011)
La disyuntiva hoy planteada en nuestro contexto universitario, que no en vano tiene el nombre de universitas y se remonta al (no) tan lejano siglo XIII, cuando las universidades europeas empezaron a defender su autonomía de las facultades de teología y de los mandatos papales y episcopales, está entre ser hombres maduros guiados por el uso de la propia razón en busca honesta de la verdad, o ser un manso grupo de niños y roedores que sólo deben aprender a seguir al iluminado flautista pontificio.* El título de Pontificia es vinculante sólo en la «Santa» Sede y en los países que se lo permitan. El nuestro, gracias a Velasco, prohibió la injerencia extranjera en su educación universitaria y el gobierno de Belaúnde lo ratificó, de modo que en nuestro caso es sólo un título honorífico, aunque obviamente el tema es discutible para quienes quisieran que el derecho canónico aún regulara nuestra vida civil.
La demanda del Vaticano se opone pues a la Ley Universitaria vigente, la misma que en su artículo 29 dispone que sólo la Asamblea, en representación de la comunidad universitaria, tiene la atribución para elegir a sus autoridades, empezando por el rector (lo que excluiría la fórmula de una terna propuesta para que el arzobispo elija). El artículo 4 es igualmente bastante claro:
La autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las leyes de la República e implica los derechos siguientes:
a. Aprobar su propio Estatuto y gobernarse de acuerdo con él;
b. Organizar su sistema académico, económico y administrativo.
c. Administrar sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la ley.
Se entiende que se habla de la República del Perú (porque además el Vaticano es una monarquía absolutista) y que las responsabilidades que impone la ley son las de una asociación sin fines de lucro. Y en el mismo artículo se agrega que:
La violación de la autonomía de la Universidad es sancionable conforme a Ley.
Todo ello, en «buen cristiano», significa que la Ley faculta a la Asamblea Universitaria a decidir autónoma, soberana y definitivamente sobre la eventual participación que podría conceder a la Iglesia católica, siempre que no contravenga con lo dispuesto en ella. La Iglesia no está exenta de lo que mandan y sancionan las leyes nacionales. No nos independizamos y nos declaramos republicanos para que otra monarquía venga a imponer sus normas sobre las nuestras, y menos aún si estas propician todo lo contrario a los principios que queremos que tengan nuestras universidades (artículo 3):
a. La búsqueda de la verdad, la afirmación de los valores y el servicio a la comunidad;
b. El pluralismo y la libertad de pensamiento, de crítica, de expresión y de cátedra con lealtad a los principios constitucionales y a los fines de la correspondiente Universidad; y,
c. El rechazo de toda forma de violencia, intolerancia, discriminación y dependencia.
Y el artículo 42 dispone la obligatoriedad de que profesores, estudiantes y graduados participen en el gobierno de la universidad. La entidad fundadora puede hacerlo también sin afectar lo anterior, pero en este caso el título de Pontificia, por el cual la Iglesia alega tener un derecho, no lo tiene la PUCP desde su fundación (como si fue el caso de la Universidad de San Marcos, que renunció luego a él), sino que le fue otorgado por su 25 aniversario. La PUCP fue fundada como una asociación civil sin fines de lucro, esto es, como institución del derecho peruano y sin participación de la Iglesia sino como asociación libre de religiosos y laicos.
Cuando Cipriani pregunta retóricamente: «el que está casado ¿no está limitado por su mujer?, el que maneja un carro ¿no está limitado por un semáforo al manejar? Toda persona acepta unas normas en donde trabaja, entonces ¿por qué le va a parecer una limitación que la sagrada congregación de Roma, y no yo, les pida que se pongan en línea de lo que la Iglesia les pide?», olvida deliberadamente que quien manda en la educación peruana no es Roma, sino el Estado peruano mediante sus normas internas, empezando por la Constitución y la Ley Universitaria. Cualquier «mandato» del Vaticano no tiene en nuestro ordenamiento más valor que el reglamento de un club, y así como estos no pueden válidamente disponer reglas contrarias a los principios constitucionales ni a las leyes del país, del mismo modo la Iglesia católica tiene que ajustarse al mandato de la Ley. Por eso ninguna Iglesia puede ampararse en su libertad religiosa o en su derecho particular (derecho canónico) para justificar prácticas discriminatorias o hasta delitos como el encubrimiento de los crímenes de pedofilia. Y, por eso mismo, a los estudiantes de una universidad católica no se les puede obligar a profesar esa fe, ni siquiera para ser admitidos (y aunque estos no tengan tampoco derecho a exigir la práctica de un culto distinto dentro de esa institución como sí se hace con el culto católico). El derecho canónico, que antes podía ser el único regulador de aspectos de la vida civil como el matrimonio (no existía el matrimonio civil), no tiene ya ninguna capacidad vinculante. Incluso si un religioso comete un delito, éste debe ser procesado penalmente como cualquier ciudadano y la Iglesia puede ser civilmente responsabilizada por sus actos.
Por todo esto, hoy más que antes resultan inadmisibles, desde un punto de vista jurídico pero también ético, exigencias como la que hizo el cardenal Landázuri, Gran Canciller de la PUCP en su momento, para que se expulsara a un connotado catedrático de Derecho por el execrable acto de haberse divorciado y, peor aún, vuelto a casar. Para ser honestos, seguramente Riva-Agüero hubiese avalado esa exigencia, ya que él renunció al Ministerio de Justicia para no firmar la aprobación del divorcio civil, pero, en estos puntos, su voluntad o la de cualquier otro es irrelevante dada la primacía absoluta de la Constitución y del Estado de Derecho por sobre las morales particulares. Las garantías constitucionales deben su primacía a que siguen principios trascendentales de la razón (de razonabilidad) y no dogmas de fe.
Caricatura de Heduardo publicada en Perú 21 (21.08.2011)
El abogado de Cipriani, Natale Amprimo, ha señalado que en la Ley Universitaria se indica también que esas disposiciones no colisionan «con las reglas que rigen las universidades católicas». Sin embargo, esa es una mentira más: en ningún lugar de dicha Ley se sostiene aquello y aún si lo dijese él bien sabe que, más allá de su retórica engañosa, eso no colocaría a dichas reglas en igualdad de primacía frente a la Ley y a la Constitución. La Constitución Apostólica Ex Corde Ecclesiae no tiene ninguna validez legal en la educación universitaria peruana, sino solamente moral (además de no disponer dicho documento requisito alguno en la elección del rector). Y al contrario, la Ley es bastante clara en que toda universidad debe ajustar sus estatutos a lo dispuesto en ella, y sólo hay una indicación en el artículo 98 respecto a la Facultad de Teología Pontificia y Civil de Lima y a los seminarios y centros de formación de las comunidades religiosas (entiéndase: órdenes y congregaciones), a los que se respeta sus estatutos eclesiásticos en función de que puedan formar teólogos y profesores de religión, pero sin tener la categoría de universidades, sino tan sólo sus exoneraciones (y ciertamente esto va contra el principio de igualdad de culto y debiera suprimirse). Puede que Amprimo tenga la ceguera dogmática de su cliente, pero eso no le da derecho a inventar cosas buscando engañar a la opinión pública. Lamentablemente El Comercio tiene periodistas a los que les interesa sólo reproducir opiniones y no la búsqueda de la verdad, llegando al punto de afirmar que el nombre de «católica» podría perderse, como si se tratara efectivamente de una franquicia supranacional que ha monopolizado la creencia como un mero adjetivo, decidiendo quién tiene derecho a usarlo y quién no. ¡Y lo pretende la Iglesia actual, que tiene menos autoridad moral que la de los Borgia!
Las declaraciones de Cipriani muestran bastante bien su catadura moral. Por un lado dice que el actual ministro de Justicia va a inmiscuirse en el litigio (al parecer él no tuvo la formación cívica mínima que le advertiría que Consejo de Ministros y Poder Judicial son dos instituciones separadas) bajo el argumento de que proviene de «las canteras» de la PUCP; pero, ¿acaso su propio abogado en el proceso no proviene de las mismas canteras? No es que el cardenal sea un imbécil, no, sabe muy bien lo que hace, conoce la retórica que usa, plagada de medias verdades y de mentiras, pues quiere «curarse en salud» y evitar que el asunto sea tomado como una cuestión de Estado; sin embargo, como las medias verdades, y sobre todo en un hombre colérico, hacen que el pez por la boca muera, muestra también sus intenciones y su visión economicista de la fe. Por ejemplo, cuando afirmó que «los militares le expropiaron la Universidad Católica a la Iglesia» o que «nadie puede decir ‘este es un automóvil Toyota’ si la fábrica Toyota no le pone la marca«. No es el Estado de Derecho ni el bien universitario lo que le interesa, como quiere hacer creer en otras declaraciones, sino la propiedad, el interés económico de la fábrica cuya denominación social pasará en adelante a ser «Iglesia católica S.A.C.», teniéndolo a él como administrador y haciendo de la fe ni más ni menos que una marca. De estar vivo Jesús, ¿no le habría hecho lo mismo que a los mercaderes del Templo? Y si los católicos están llamados a imitar a Cristo, ¿por qué entonces no hacen lo propio? Para eso sí sigue sirviendo el derecho canónico, estén enterados: los petitorios para que se destituya a una autoridad eclesiástica son factibles.
Nótese además, porque nada es casual en la mentalidad dogmática, lo interesante que es el uso del símil de la fábrica por su sello de origen, toda vez que el dogmatismo apela siempre al Origen para fundamentar metafísicamente sus apetitos materiales. En ese sentido, hasta los Borgia eran más honestos.
Desde el rectorado de Lerner se ofreció a Cipriani que la Asamblea tuviese la obligación de escuchar al arzobispo antes de elegir a su rector, pero él no aceptó porque obviamente le interesa una injerencia directa (poder fáctico) y no una mera autoridad moral. Qué autoridad moral va a tener también él… Se le ofreció incluso algo que aun en su ambigüedad es inaceptable: que la PUCP sólo contrataría profesores que observaran la doctrina católica y tuviesen una moral intachable (lo que, claro, puede entenderse como no admitir pedófilos, pero también como no admitir profesores divorciados o alumnos homosexuales – algo también sugerido por la comunicación del Vaticano). Pero Cipriani no aceptó; su mentalidad maquiavélica sabe muy bien que sin poder fáctico él no es nada. Y claro, los católicos fanáticos siempre apelarán a la lógica del ethos (así como algunos clubes y discotecas) y denunciarán la imposición de un «pensamiento único» (que curiosamente es el que defiende la pluralidad dentro de ciertos márgenes de razonabilidad; ahí su ejemplo del semáforo y la esposa no aplica, Dios sabe por qué, y yo también: porque no les conviene) y acusarán supuestas violaciones a su libertinaje religioso, pero felizmente nos encontramos en un Estado Constitucional de Derecho que no debe permitir sus atropellos. Por varios siglos se les permitió; ahora ya no.
Al negar que se trate de una cuestión fundamentalmente económica, dice Cipriani sobre el rector de la PUCP que «el ladrón cree que todos son de su condición», pero poco después afirma: «¿Quieren dejar de ser católica y pontificia? Que lo dejen con sus consecuencias». Claro, las consecuencias según lo estipulado por el testamento de Riva-Agüero serían que los bienes de su legado pasen al arzobispado que él -todo un sofista- preside. Bastante desinteresado el divino cardenal. Ahora bien, como esa cláusula testamentaria debe someterse igualmente al imperio de la Ley, que establece que los bienes de una universidad sólo pueden ser destinados al mismo fin, seguramente Cipriani estaría pensando en otorgarlos a algún centro conservador, como la Universidad de Piura o la Católica Sedes Sapientiae. El título pontificio o el prestigio y la continuidad de la universidad que él mismo, antes de enterarse del testamento de Riva-Agüero, reconoció como «una de las mejores, si no la mejor universidad del país» no le importan en absoluto, así como no le importó dejar a los alumnos del Colegio Externado Santo Toribio sin educación y hasta sin constancias. Que no venga pues a presentarse como santo varón.
Si tanto le disgusta al cardenal que la PUCP presente un catolicismo plural, crítico, interiorizante antes que institucionalista (recuérdese lo que Jesús decía al respecto), con una clara vocación liberal y de servicio (seguramente por ello ha prohibido que los teólogos de la PUCP celebren misa en la capilla de la Universidad), debería enterarse que en prestigiosas universidades extranjeras, como la de Harvard, la Teología de la liberación de Gustavo Gutiérrez (que él considera desviada) es lectura obligatoria hasta el punto en que los exámenes de idiomas de teología piden traducirlo.** Él, en cambio, ¿a quién le ha ganado? A lo mucho, su vida proporciona ejemplos precisos para aquellos libros de Nietzsche donde se denuncia la inmoralidad de los moralistas y la podredumbre del cristianismo.
Caricatura de Carlín publicada en La República (21.08.2011)
* Recuérdense las declaraciones de aquel religioso del Opus Dei que explica cómo hay ciertas lecturas que no deben ser leídas sino más bien referidas por un mediador que tiene la madurez (el dogmatismo) suficiente para señalarle cómo debe entenderlas. Esa visión de la pedagogía es absurda e idiotizante. Más aún en un nivel universitario.
** Le agradezco esta información a Raúl Zegarra.
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