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Cuando la academia se encuentra con la «ideología» de género

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Un profesor universitario, con todo el saber que le ha dado la academia, escribe lo que sigue:
«Este es el famoso artículo publicado por la revista Jezabel en el que unas mujeres reconoce que le pegó a su novio pero que, además, él se lo merecía. La autora no lo presenta como un hecho dramático sino como algo gracioso. Hay mucha evidencia de cómo la violencia de una mujer contra un hombre es trivializada. Esta evidencia no me permite sin embargo inferir que las mujeres son misándricas y son intrínsicamente violentas. Es más bien evidencia de un hecho ya conocido por los psicólogos sociales: a los seres humanos nos gusta la violencia, es placentero ejercerla y la justificamos».
No traigo a colación esto por los gazapos y horrores ortográficos y de redacción, lo cual es asunto aparte. Tampoco por la indignación que le genera la justificación y actitud celebratoria o frívola ante la violencia contra un hombre por parte de una mujer. Esa indignación la comparto. Lo que me llama la atención y me parece necesario comentar es la conclusión que, aceleradamente, deduce de ello. A saber: que no hay conexión entre violencia y rol de género. Siendo más específicos (porque a eso se dirige, en realidad): que la violencia contra la mujer por parte del hombre no se debe ni a misoginia ni a machismo. Y apela, abstractamente, a algo que habrían demostrado los psicólogos sociales, a los cuales él sí ha leído porque, claro está, él es un académico de polendas, con veinte años en el asunto: él sabe que sabe. Sin embargo, ¿realmente sabe? Veamos:
  1. El profesor dice que no puede «inferir» que las mujeres que creen que está bien violentar a los hombres y lo celebran sean misándricas. ¿Por qué no? No se lo pregunta, siquiera. Quizás quiera decir que no necesariamente tienen que serlo. Eso sería obvio, pero no toda inferencia tiene que ser un silogismo perfecto (a priori y universalmente válido). Hay mujeres que odian a los hombres y celebran a las maltratadoras, así como también hay hombres que odian que las mujeres gocen de la libertad e igualdad de derechos que ya tienen y las maltratan por ello. Tanto la misandria como la misoginia pueden tener que ver con la violencia entre hombres y mujeres. Un ejemplo claro es el de la infame «manada» en España: a todas luces, un grupo de misóginos y racistas. Se puede argumentar que no es la única razón, desde luego, pero considerar su pertinencia y su grado de relevancia es algo que sólo se puede evaluar en cada caso específico. En los términos generales en los que se maneja el profesor, no se puede ir más lejos de la mera probabilidad del vínculo, el cual sí existe.
  2. Yendo a lo más importante, el profesor dice que no puede afirmar que hombres o mujeres sean «intrínsicamente» (sic) violentos. Es curioso, aunque no sorprendente, que nuestros académicos postmodernos, en su pugna contra los esencialismos y los valores intrínsecos, terminen esencializando eso a lo que se oponen mucho más de lo que harían quienes hablan en términos naturalistas. Estos últimos muchas veces usan lo «intrínseco» como una mera hipótesis de trabajo, al modo de los filósofos modernos con su «estado de naturaleza». Sin entrar a discusiones escolásticas sobre el ser y la esencia, la evidencia histórica muestra que el ser humano no ha podido eliminar la violencia, ni desde que se bajó del árbol, ni antes de ello, ni después de la Ilustración… Nunca. Aunque el mismo profesor diga -que lo dice- soñar con un mundo así, el único mundo sin violencia es el cementerio. Se cae de una forma u otra en ella y es incluso deseable que la haya, por ejemplo en la vida política de las naciones democráticas. El punto es que la violencia pueda ser controlada y que el ser humano desfogue sus temores, frustraciones, pasiones, etc., con formas de violencia que sean socialmente aceptables, como puede suceder con el arte, el deporte o el juego, o de formas menos violentas que otras. La misma evidencia histórica muestra que en los últimos tiempos el ser humano se ha hecho menos violento de lo que era antes; aunque no nos parezca por la cercanía con que juzgamos nuestra época. En todo caso, parece ser que no nos queda sino hacer como si la violencia nos fuese intrínseca, para luego hacernos conscientes de formas específicas en las que, tanto por cuestiones biológicas como por hábitos socioculturales, podemos hacernos más o menos violentos. Así podemos trabajar sobre ello: nunca desde una mirada totalizadora, sino atendiendo a las perspectivas y los matices de cada circunstancia. Y resulta que allí sí importa la diferencia de género. Por ejemplo, para los estudios (justamente de psicología social*) que evalúan la mayor tendencia de las mujeres a la cooperación y la mayor tendencia de los hombres a la competitividad; siendo esta última una mayor fuente de frustraciones y, por ende, de violencia. En ese sentido, es tan ridículo pretender atributos absolutos para todos los hombres, como lo es decir que, porque ello no es posible, no hay que tomar en cuenta las diferencias de género. Esto último es lo que hace quien afirma que él es hombre y no es violador o quien reclama a voz en cuello que «a los hombres también nos pegan», como si con ello se trajese abajo la teoría y la agenda feministas. No lo hace. Sólo muestra su propia ridiculez. Revestir eso con cierta pompa académica no hace sino agravar el ridículo.
Una cosa es decir que detrás de la violencia del hombre contra la mujer no sólo hay machismo, sino también otras razones biológicas y culturales que en algunos casos son más determinantes (con lo cual se pide a cierto feminismo no ser simplista y juzgar todo como machismo sin mayor análisis de cada caso), y otra cosa muy distinta es afirmar que en la violencia contra la mujer no hay machismo ni misoginia algunos. Incluso en el Derecho, el problema con el delito de feminicidio no es que no existan hombres odiando la libertad y la igualdad que las mujeres ganaron no hace mucho. Basta con salir a una avenida limeña para ver cómo un hombre le mete el carro a una mujer que maneja con prudencia y le grita: «vete a cocinar». Lo que se discute en el Derecho Penal es el medio de prueba que puede ser tenido por válido y si la tipificación es correcta o eficaz. Esto ya merece un análisis aparte, pero lo menciono porque, en la misma línea de negacionismo, el profesor en cuestión también afirma que no ve la necesidad de hablar de feminicidio. Negar la diferencia de género como un factor a tener en cuenta en la violencia contra la mujer y la necesidad de políticas especiales, no es sino ser miope y creer que se ve bien. Cómo estaremos de habituados al patriarcado católico en el Perú, que a algunos de nuestros académicos «progres» de la PUCP les cuesta tanto no ser ciprianistas, ¡incluso sin Cipriani!
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* Aun en la prensa (extranjera) se encuentra opiniones que, no por breves y un tanto ligeras, están tan mal formuladas. Hoy, 30 de abril de 2018, ha salido en El País de España un polémico artículo de opinión firmado por Víctor Lapuente y que lleva por título: «Por qué los hombres violamos». El autor, evidentemente, no cae en la susodicha ridiculez de decir: «¡joder, que no todos, yo no!», porque entiende el sentido de la generalización y en ese texto la explora (o más bien sugiere algunas líneas para hacerlo). No hay que estar de acuerdo en todo lo que él señala (es un tanto ligero su argumento cuantitativo y no aclara que lo biológico nunca es enteramente determinante), pero opiniones así son las que nos hacen falta para empezar a subir un poco el debate, aunque éste sea en las redes sociales.

Ni Una Menos

Cuando se dio la Ley contra el feminicidio, Martha Chávez dijo algo como que era ilógico tipificar de modo desigual lo que estaba ya cubierto por el homicidio calificado. En buena lógica, tenía razón. Sin embargo, las leyes no sólo deben seguir una coherencia teórica, sino que deben adecuarse a las necesidades y circunstancias de la sociedad sobre la que rigen, pudiendo también ser derogadas cuando cumplan su cometido. De allí la justificación de una ley como aquella: la circunstancia práctica (el alto índice de asesinatos de mujeres por sus parejas) demandaba un trato especial en el corpus penal.

Aparecieron luego quienes sostenían que una ley difícilmente soluciona un problema cultural. Aunque ello no deja de ser cierto, en tanto que se requiere una efectividad de la ley y otros mecanismos más profundos que los normativos, hay un error si se pretende que esto deslegitima a la ley. No se puede confundir la fundamentación objetiva de un ideal normativo y su necesidad, con su eficacia empírica que puede depender de muy diversos factores contingentes. En buen cristiano: que todos sean corruptos no hace de la corrupción algo bueno y que la ley no deba sancionar.

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Es cierto que el feminismo, como cualquier otro movimiento, puede enceguecerse, caer en dogmatismo, ver machismos donde no los hay o no ver otros aspectos que trascienden los de su marco ideológico, pero esto no invalida ni a su causa ni a sus críticas. La marcha feminista de ayer en Lima ha sido importante en varios sentidos: por las eventuales repercusiones en políticas públicas, pero además por lo empático y lo simbólico, que no son poco importantes, como algunos parecen creer, sobre todo en un país altamente conservador como el Perú, en el que se suele considerar a la mujer como naturalmente inferior y a la violencia doméstica como un problema privado y no público.

No obstante, hay quienes, más allá de ciertas bromas, ven en manifestaciones como ésta el reclamo de un privilegio; es decir, una inequidad de fondo, atentatoria del principio de igualdad ante la ley. Quien piensa así, se queda en una concepción tan abstracta como precaria de igualdad. En condiciones ideales, en las que el suelo estuviese parejo para todos, haría falta superar toda diferencia específica y buscar la igualdad en general, simplemente atendiendo a nuestros derechos como seres humanos. El problema, precisamente, es que en la realidad tales condiciones no existen: el suelo es desigual para unos y otros. Por lo tanto, es sólo en función de esas diferencias que tiene sentido la afirmación de la igualdad. La igualdad, pues, no consiste en que todos tengan el mismo trato, lo cual es muy básico, sino que se trate de modo preferencial a quienes están más desprotegidos o son más desfavorecidos en la sociedad. Las altas cifras de violencia contra la mujer deben ser suficientes para entender que el sistema de justicia es especialmente injusto frente a esta violencia específica. Ya es hora de cambiar esto.

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«Algunas ideas sobre lo que ocurre en Israel y en los territorios ocupados» por Farid Kahhat

1.- Las investigaciones independientes sobre la invasión israelí de entre 2008 y 2009 (tanto la de Naciones Unidas, presidida por un juez sudafricano de religión judía apellidado Goldstone, como la de Amnistía Internacional), encontraron pruebas suficientes como para afirmar que ambos bandos (es decir, Israel y Hamas), cometieron crímenes de guerra. Creo que cualquier investigación independiente concluiría lo mismo hoy.

2.- Si bien ambos bandos cometieron crímenes de guerra durante la invasión de 2008-2009, las responsabilidades no son simétricas: murieron más de 1,300 palestinos (la mayoría civiles, más de 400 de ellos menores de edad), y 13 israelíes (tres de los cuales eran civiles). Las víctimas civiles del conflicto siempre han sido en una abrumadora proporción palestinas.

3.- Israel alega hoy, como entonces, que Hamas emplea a civiles palestinos como escudos humanos: el informe de Amnistía Internacional sobre la invasión de 2008-2009 acusa a Hamas de realizar acciones armadas desde las inmediaciones de zonas pobladas, pero no de emplear a civiles como escudos humanos. Sí acusa en cambio a Israel, y de manera explícita, de emplear a civiles palestinos como escudos humanos. Esa acusación es corroborada por un fallo de la Corte Suprema de Israel de 2005 que anula una directiva militar que permitía el empleo de civiles palestinos como escudos humanos (ver la cobertura del diario español El País en el siguiente link:

http://elpais.com/diario/2005/10/07/internacional/1128636009_850215.html.

4.- Israel alega que, mientras Hamas busca deliberadamente causar daño a los civiles israelíes, sus fuerzas armadas hacen esfuerzos para evitar causar daños entre los civiles palestinos. Esta segunda parte del alegato es falsa: tanto el Reporte Goldstone como el de Amnistía Internacional encuentran evidencia del empleo por parte de Israel de fósforo blanco (un arma indiscriminada por naturaleza), contra zonas urbanas en Gaza. Israel no sólo provoca la muerte de un número mucho mayor de civiles que Hamas: los menores de edad son una proporción mayor del total de víctimas civiles causadas por Israel, en comparación con la proporción de menores de edad entre las víctimas civiles causadas por Hamas. Por último, hasta donde sé, ningún soldado israelí ha sido condenado a penas de prisión por la muerte de civiles palestinos en los últimos años.

5.- La franja de Gaza está sometida a un bloqueo ilegal por parte de Israel. Si bien Israel alega que su propósito es impedir el ingreso de armas en la zona, restringe también el ingreso de bienes para uso civil, como materiales de construcción (razón por la cual miles de familias palestinas no han podido reconstruir sus viviendas desde el 2009), e incluso alimentos: un documento oficial del gobierno israelí (que fue hecho público por orden judicial), revela que especialistas de ese país calcularon el número de calorías que debía consumir la población de Gaza para evitar una desnutrición generalizada. Ese reporte tenía como objeto dosificar el ingreso de alimentos a la franja (pueden ver el reporte de la BBC al respecto en el siguiente link:  http://www.bbc.co.uk/news/world-middle-east-19975211).

6.- La fuente fundamental del conflicto es que Israel ocupa militarmente territorio palestino, lo coloniza, y construye en él un muro que daña gravemente las condiciones de vida de la población palestina. Que esas prácticas violan el derecho internacional no es, como pretende Israel, un tema en controversia. Por sólo citar dos ejemplos, la Resolución 446 del Consejo de Seguridad de la ONU (del que forma parte como miembro permanente con derecho a veto Estados Unidos, principal aliado de Israel, que sin embargo no vetó el proyecto):

“Determines that the policy and practice of Israel in establishing settlements in the Palestinian and other arab territories occupied since 1967 have no legal validity and constitute a serious obstruction to achieving a comprehensive just and lasting peace in the Middle East”.

Sobre el muro, la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia con sede en La Haya (la misma que verá el diferendo marítimo entre Perú y Chile), dice a la letra lo siguiente:

“The construction of the wall being built by Israel, the occupying Power, in the Occupied Palestinian Territory, including in and around East Jerusalem, and its associated regime, are contrary to international law”.

7.- Los palestinos bajo ocupación israelí no sólo son víctimas de la confiscación de sus tierras (contraviniendo las Convenciones de Ginebra), sino además de la destrucción sistemática de sus viviendas y cultivos. Según el proyecto “Demolition Watch” del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), “La práctica israelí de demoler casas, infraestructura básica y fuentes de subsistencia sigue devastando a las familias y comunidades palestinas de Jerusalén Este y del 60% de Cisjordania controlado por Israel”. El informe añade que, según la política de zonificación israelí, los palestinos solo pueden construir en el 13% de Jerusalén Oeste y el 1% de la parte de Cisjordania bajo su control, y que “Más del 94 por ciento del total de solicitudes palestinas para obtener permisos (de construcción) han sido rechazadas en años recientes”. Por ello “Naciones Unidas estima que entre el 28 y el 46 por ciento de las viviendas palestinas podrían estar bajo riesgo de demolición”.

8.- Pese a todo ello, según un informe de 2011 del Banco Mundial (V., “Coping with conflict? Poverty and inclusión in the West Bank and Gaza”), “Pese a las severas restricciones israelíes, Cisjordania y Gaza tienen un desempeño superior al de países con un ingreso per cápita similar (…), y de hecho está a la par con el de países mucho más ricos como Turquía y Jordania».

9.- La Autoridad Nacional Palestina (que merece en mi opinión severas críticas en otros temas), condena sin cortapisas las acciones de Hamas contra civiles israelíes. Lo que pretende defender son los derechos de la población civil palestina, históricamente la principal víctima de todo lo dicho.

Yo soy… Sobre el perjuicio que algunos no tienen de la historia para su vida

Yo soy…

¿Quién es? La prueba patente de que los militares en el Perú no tienen la más mínima voluntad para enmendar errores y separar a sus malos elementos; con lo cual, por más que lo nieguen airada y marcialmente, en la práctica terminan sistematizando la negligencia, la corrupción y el delito.

¡Y no sólo eso! También es la prueba de la ineptitud de la justicia militar peruana. Si Marx (Groucho Marx) decía que «la justicia militar es para la justicia lo que la música militar es para la música», esto adquiere niveles de paroxismo poco o nada cómico cuando las milicias tienen una larga tradición de derrotas sólo compensadas por su prepotencia y sus corruptelas, como en el caso peruano.

Sólo así se explica que, habiendo firmado la vergonzosa acta de sujeción ante Vladimiro Montesinos y Alberto Fujimori el 13 de marzo de 1999, una de las fechas más infames para el uniforme militar, este señor sea ahora, en el 2012 y desde el 2002, el presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar. ¿Así premian nuestras Fuerzas Armadas la corrupción y la cobardía? Pues sí, así las premian, asegurando de paso la objetividad y buena reputación del fuero militar que defienden, porque, en dicha acta, el entonces fiscal general del fuero castrense se comprometía a apoyar sin reservas a todo militar acusado por el golpe del 5 de abril de 1992 o por cometer delitos contra los derechos humanos.

Yo soy… (redoble militar)… Carlos Enrique Mesa Angosto, miembro del Consejo jurídico de la Marina y contralmirante, como Grau.

En efecto, él es, como nos lo cuenta el «vladivídeo» número 1372. El «Acta de sujeción» que aparece allí firmando estipulaba que asumía «el compromiso de honor de respaldar y dar su apoyo al personal de las fuerzas del orden y de la comunidad de inteligencia, sobre los que se pretendiese ejercer represalias o venganza, tomando como pretexto la supuesta violación de los derechos humanos». Pues bien, el 23 de agosto de ese año, suscribió la sentencia que absolvía a Montesinos y a los generales Nicolás Hermoza Ríos y Luis Pérez Documet como implicados en la matanza de La Cantuta, algo que felizmente ya corrigió la justicia civil, sin afectarlo a él en lo más mínimo.

Y, para variar, el Presidente de la República y Comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, Ollanta Humala, que a sus «guardianes socráticos» (sic) les dice: «no más actas de sujeción», mantiene a militares que firmaron dicha acta en sus altos cargos.

La noción de obediencia que se consentía con esa firma era ciega y absoluta: «constituye un compromiso de honor y como tal una obligación con carácter imperativo de cuyo cumplimiento ningún mando podrá sustraerse». Pero esa afirmación reflejaba una obediencia que, de ser un sujeto moral y justo, Mesa debió rechazar. Más aún cuando se afirmaba que ese compromiso no tenía «límite de tiempo» y que debía respetarse «cualesquiera que sean los gobiernos» que viniesen, eximiendo en abstracto y de manera universal a todos los militares que lucharon contra el terrorismo de «responsabilidad alguna». Eso va contra todo principio de justicia, incluso de la propia justicia militar que, lo sabemos en el Perú, es peor para la justicia y para las Fuerzas Armadas de lo que es la música militar para la música.

En defensa de la ministra Jara

La congresista del partido oficialista y recientemente nombrada ministra de la Mujer, Ana Jara, ha sido en los últimos días objeto de rechazo y de burla por sus declaraciones acerca de temas relacionados con su sector, así como por haber expresado sus creencias religiosas. Aun cuando su juramento como ministra haya sido anecdótico (algo de lo que seguiremos «disfrutando» mientras no se reglamenten las juramentaciones oficiales, como propuso la congresista Salgado), muchas de esas burlas y críticas han sido desproporcionadas e injustas.

En primer lugar porque, respecto a que prometió en lugar de juramentar, ella ha señalado (en entrevista con Beto Ortiz) que se trató de una promesa de honor como la que se permite en la función notarial. Y ciertamente su justificación es más que respetable: el juramento iría en contra de la creencia de que el hombre no es enteramente dueño de sí mismo, mientras que la promesa no. Algunos se han burlado también de las frases que dijo, como si fuese una orate inventando cualquier insensatez, cuando en realidad era una cita de la Biblia que la mayoría de peruanos (la mayoría que se dice cristiana) debiera conocer. Que dicha promesa implicase una amenaza real a la secularidad del Estado es algo que sólo puede cruzar por las atribuladas y ya paranoicas mentes de quienes se sienten defraudados porque el presidente Humala no está siendo tan nacionalista ni tan «caviar» como pensaron que sería (y como convenientemente lo fue en su campaña). Jara ha insistido en no haber querido imponer sus creencias o dar una clase de religión, sino tan sólo haber querido hacer una promesa de honor de un modo que ella consideraba sagrado. Ello debiera ser más que suficiente, sobre todo porque si algún sentido tienen estos formalismos es por el hecho de dar la palabra con un acto «religioso» (el respeto de las formalidades tenía carácter religioso en la política antigua, por ejemplo en la Roma republicana). La presencia del crucifijo, por la que nuestros autoproclamados predicadores de la tolerancia, en la práctica bastante intolerantes, no se rasgan las vestiduras, es exactamente lo mismo a las palabras de la ministra. Claro que un ateo puede sostener que no debiera haber tampoco un crucifijo, pero el ateo que esto escribe considera que lo inteligente es el respeto de la libertad individual y el pragmatismo; como el que tuvieron los estadounidenses cuando se discutió que los declarantes en los juicios o los políticos jurasen con la Biblia, porque, si una persona quiere creer que tiene que ser honesta por haber hecho un juramento o una promesa sagrada, claramente conviene aprovechar esa creencia.

Por otro lado, Jara ha señalado que su agenda inmediata es la de continuar e implementar nuevos programas sociales en favor de las mujeres, habiendo recibido un Ministerio debilitado por la reciente creación del Ministerio de Inclusión Social. Desde esa reestructuración de funciones ha dicho también que buscará «establecer políticas públicas que vayan al fortalecimiento de la familia. No existen políticas públicas que vayan en protección del núcleo básico que es la familia». Por más pavor que le tengan las activistas feministas y homosexuales a que se mencione una protección del núcleo familiar, porque por algún motivo se les ocurre que eso no es obligación del Estado y que conlleva en sí mismo algo conservador, lo que dice la ministra no es sino una reafirmación de un principio constitucional: «La comunidad y el Estado (…) protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad» (art. 4). También es cierto que la Constitución afirma en su artículo 6 que:

La política nacional de población tiene como objetivo difundir y promover la paternidad y maternidad responsables. Reconoce el derecho de las familias y de las personas a decidir. En tal sentido, el Estado asegura los programas de educación y la información adecuados y el acceso a los medios, que no afecten la vida o la salud.

Corresponde entonces ver si la ministra se opone a este otro artículo. En la misma entrevista televisiva dijo:

Si hay que hablar del protocolo médico del aborto terapéutico, hablamos de un protocolo, es decir, de procedimientos de carácter médico cuya competencia está exclusivamente bajo el Ministerio de Salud, de manera multisectorial con el Ministerio de Justicia que le tiene que dar el marco jurídico y una opinión del Ministerio de la Mujer que yo presido. Habremos de opinar, pero especialmente es un tema de carácter técnico. Nos tiene que decir la cartera de Salud en qué momento se pone en riesgo la vida de la madre. Hay que darle la formalidad al protocolo y eso es lo que yo dije, yo no me voy a negar a que siga su curso lo que Mocha García Naranjo aperturó en el Ministerio de buscar que el protocolo del aborto terapéutico finalmente vea la luz, pero la competencia no está en la cartera de la Mujer sino de Salud.

Como se ve, la posición de la ministra es bastante clara y sensata. Al Ministerio de la Mujer le correspondía poner en agenda una política de interés para las mujeres, pero, una vez hecho eso, ésta debe pasar al ministerio respectivo.

Sobre el aborto en caso de violaciones, dijo estar en contra a título personal. Para quienes no parecen entenderlo, eso significa que no hará política a partir de sus opiniones. Y sin embargo, más allá de eso, su opinión personal se aviene estrictamente con lo estipulado por la Constitución: el derecho a decidir no puede ir, según ésta, en contra de la vida o de la salud. No al menos dentro de los programas del Estado. Por ello, es a enmarcar todas las políticas públicas dentro del mandato supremo de la Constitución a lo que se refiere Jara cuando afirma que

existe dentro de las nueva corriente de libertades personales, el derecho a la mujer de decidir sobre su vida y sobre su cuerpo, pero creo que estas políticas públicas deban darse en el marco de un consenso social, dentro de un tiempo histórico; es decir, que las políticas busquen el interés general, no particular.

Efectivamente, ese marco es la Constitución y, en el supuesto de que quisiera permitirse el aborto por violación, habría que cambiarla. Por ello, acierta Jara al agregar, como congresista que es, «que el debate, en todo caso, se abra en el Poder Legislativo, que es la tribuna por excelencia. Nosotros somos núcleos ejecutores». Pero el problema en ese supuesto es que nuestra Constitución garantiza el derecho a la vida del concebido dentro del núcleo de derechos que no puede ser modificado, además de no ser posible retirar un derecho otorgado. De modo que en última instancia no interesa lo que piensen la ministra o el periodista, esto es, si la mujer violada puede tener una «relación sobrenatural» de amor con su hijo o si éste, al haber sido concebido sin amor, será objeto de odio por parte de su madre. Eso es algo que queda abierto por la libertad propia de la naturaleza humana. Lo cierto es que el Estado no puede permitir el aborto por ninguna otra causa que no sea el riesgo de muerte de la madre.

Evidentemente, este asunto del aborto, más aun en casos de violación, se reduce si se evita la concepción. Ahí es cuando la llamada píldora del día siguiente muestra su importancia. No obstante, existe en nuestro ordenamiento jurídico una sentencia del Tribunal Constitucional que, por cuestionable que sea, prohíbe que el Estado reparta dicha píldora dentro de sus programas. Por eso la ministra hace bien al decir que no se puede repartir actualmente, hasta que la sentencia sea modificada, porque ningún miembro del gobierno puede colocarse por encima del Estado de derecho, y menos aún si es también notario público. Como diría Kant (cf. Metafísica de las Costumbres), se puede protestar todo lo que se quiera, pero, al final, se debe obedecer.

Algo interesante en la entrevista son las peculiaridades de la fe evangélica que allí expresa la ministra, más allá de su aprobación del uso de preservativos como un «método natural». Su respeto del libre albedrío, su comprensión de que las convicciones se inscriben en situaciones históricas cambiantes, su rechazo de la culpa católica, el énfasis salvífico en la fe, el rechazo de la adoración de imágenes de lo divino, el énfasis en la hermenéutica bíblica personal (por encima de toda autoridad) con un sentido práctico pero restringido a la fe personal… todo ello que es herencia de Lutero lo expresa como una creyente que está muy alejada del fanatismo religioso en el que, fanáticamente, se le ha querido encasillar. Hay quienes se han burlado de lo que dijo respecto a que «ya se encargará el Señor de irnos perfeccionando en el ser tripartito que somos (alma, cuerpo y espíritu)», como siendo algo irracional. Sin embargo, la comedia siempre es buena precisamente porque el comediante no se cree su propio chiste (sobre todo porque uno de los recursos paradójicos de la comedia es la extrema simplificación). En este caso, el que se burla debe ser consciente, salvo ignorancia supina, que juzga desde su concepción dualista (alma y cuerpo), o monista (sólo cuerpo), a una antropología que no ha inventado -bueno fuese- la ministra, sino que está presente en varias tradiciones, incluyendo la judía y la cristiana. Burlarse por ignorancia es algo divertido como recurso cómico, pero fuera de la comedia, es decir, prestándole alguna seriedad, sólo puede ser una idiotez.

Por todo esto, la única observación seria que se le puede hacer a la ministra es que, mientras esté en el cargo, debe respetar la naturaleza secular del Estado por el hecho de ser ministra, absteniéndose consecuentemente de hacer públicas sus creencias personales, por más que se lo pida la prensa necesitada de titulares. En ese sentido, no es incorrecta la decisión del Congreso de llamarla para que aclare su postura como ministra (y no a título personal). El Congreso es el lugar adecuado para la defensa de los intereses ciudadanos y donde se le debe «recordar» que está obligada por la misma Constitución a respetar las políticas de salud y educación sexual que sean de interés público y en particular de las mujeres. No obstante, en la entrevista con Ortiz dijo que separa sus creencias religiosas sin conflicto alguno, porque «si hay que establecer políticas de natalidad para evitar un hogar que no tiene la estabilidad y calidad de vida que requiere para poder recibir hijos, pues, podemos implementar estas medidas de natalidad». De tal manera que, por ahora al menos, la ministra Jara parece tener claras las cosas y no debieran sus declaraciones causar el revuelo desproporcionado y algo fanático que han causado.

«La Constitución y la tierra» por Wilfredo Ardito

Las menciones que se hicieron durante la transmisión de mando a la Constitución de 1979 han generado bastante polémica.  Sin embargo, también podría ser discutible el hecho de que, once años después que Fujimori dejó el poder, el Perú continúe regido bajo la Constitución de 1993.

Cuando Fujimori llevó a cabo el autogolpe de 1992, muchos peruanos lo respaldaron, pensando que era una medida necesaria para enfrentar el terrorismo.  Sin embargo, Fujimori tenía otros planes: buscaba legitimar su poder y consolidar el modelo económico neoliberal mediante una nueva Constitución que redujera el rol del Estado y  favoreciera las grandes inversiones, en detrimento de los derechos sociales.

Esta situación es muy clara en lo referente a las tierras de las comunidades campesinas y nativas: ya la Constitución aprobada en 1933 señalaba que las tierras comunales eran inalienables, inembargables e imprescriptibles, para evitar cualquier posible despojo.  La Constitución de 1979 mantuvo estas características en el artículo 164, incluyendo, por primera vez, a los indígenas amazónicos, agrupados en comunidades nativas.

Las tierras comunales, sin embargo, no estaban fuera del mercado: las comunidades campesinas y nativas podían  venderlas si lo aprobaran al menos dos tercios de los comuneros.  Además, el Congreso debía promulgar una ley autorizando la venta y se les debía pagar en dinero antes de la entrega de las tierras.  Estos requisitos buscaban evitar que personas inescrupulosas obligaran a los campesinos a vender sus tierras.  Durante los doce años de vigencia que tuvo esta Constitución, ninguna comunidad solicitó autorización para vender sus tierras.

La Constitución de 1979 también recogía los principios de la Reforma Agraria, prohibiendo el latifundio (artículo 159) y el acaparamiento de tierras dentro de una comunidad (artículo 164) y señalando que las tierras abandonadas serían adjudicadas a campesinos sin tierras (artículo 157).

La Constitución promulgada por Fujimori, en cambio, señaló que las comunidades eran autónomas para disponer de sus tierras, eliminando toda mención a la mayoría de dos tercios,  la autorización expresa del Congreso y el pago previo en dinero.  Las tierras tampoco son inembargables y solamente son imprescriptibles, salvo caso de abandono, lo cual es una contradicción (artículo 89).

El gobierno de Fujimori explicó que buscaba dar a los nativos y campesinos un pleno derecho de propiedad sobre sus tierras eliminando todo impedimento para que las pudieran vender.  La verdad es que ellos no tenían interés en hacerlo, porque están unidos a sus tierras por una cosmovisión particular.  El artículo 89 simplemente buscaba facilitar que las empresas petroleras o mineras pudieran adquirir las tierras comunales.

Este artículo ha sido la base de numerosos conflictos sociales, convirtiéndose en una amenaza para los comuneros.  Algunas empresas forman directivas apócrifas, otras denuncian a los dirigentes y otras corrompen a algunos comuneros para lograr la venta.

—El problema es que los despreciaban tanto, que no podían sentarse a negociar con ellos como iguales— me decía un ingeniero que trabajaba para una empresa minera en Ayacucho.

El artículo 158 de la Constitución de 1979 obligaba además al Estado a mejorar las condiciones de vida de los  agricultores, promoviendo el incremento de su producción y productividad, realizando obras de irrigación y rehabilitación de tierras de cultivo para ampliar la superficie agrícola, impulsando su educación y capacitación técnica, estableciendo un seguro para cubrir riesgos y daños por desastres y orientando la producción agropecuaria preferentemente para la satisfacción de las necesidades alimenticias de la población, dentro de una política de precios justos para el agricultor.  Nada de esto aparece en la Constitución de 1993.

Debemos reconocer que en esta última son muy positivas las referencias al derecho a la identidad étnica y cultural (artículo 2, inciso 19), y a la facultad de las comunidades campesinas y nativas para administrar justicia (artículo 149).   Igualmente, la educación bilingüe intercultural ya no se restringe solamente a los escolares indígenas amazónicos de primaria, como señalaba la Constitución de 1979 (artículo 17).  La Constitución de 1993 además crea la Defensoría del Pueblo, precisamente la instancia estatal que más ha batallado por el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo el derecho a la consulta previa.

Sin embargo, estas saludables disposiciones se contradicen con la inseguridad que la actual Constitución genera para las tierras comunales, por lo que muchas veces las organizaciones campesinas y nativas han pedido regresar al régimen anterior.

 Los sucesores de Fujimori prefirieron mantener esta Constitución porque estaban de acuerdo con ella.  De hecho, Alan García expuso varias veces su menosprecio hacia las comunidades campesinas y nativas, considerándolas un factor de atraso para todo el Perú.

18 años después de su derogatoria, regresar a la Constitución de 1979 es inviable.  Sin embargo, una reforma constitucional que incorpore el tratamiento que dicho texto constitucional daba a las tierras comunales permitiría desactivar muchos conflictos y ayudaría a que los peruanos más olvidados pudieran sentir que el Estado vuelve a acordarse de sus necesidades.

La ¿ideología gay?… ACI Prensa y el cristianismo que se dice democrático

Curioso que quienes se enorgullecen de ser un buen rebaño estén tan preocupados por la democracia. Debe ser por eso que la idea que tienen de ella es tan precaria, que no se condice (ahora menos que nunca) con la democracia que debe desarrollarse en un Estado constitucional de derecho. En ese sentido, no sorprende que los redactores del dudosamente cristiano portal de ACI Prensa critiquen a la alcaldesa de Lima por lo que, por lo demás, no pasa de ser una posible ordenanza para que los establecimientos de Lima exhiban un cartel que diga algo como «en esta capital se promueve la igualdad por identidad de género y orientación sexual».

Dichos redactores se basan y se escandalizan (extraña forma de información objetiva) cuando hay varios detalles por conocer antes de emitir una opinión responsable; sin embargo, la reacción es sintomática de una fe dogmatizante y debe ser replicada, lo que puede ser hecho desde la propia tradición cristiana y desde los principios constitucionales por los que debe guiarse nuestra sociedad.

La réplica desde el propio cristianismo la dejo en manos de quien esté interesado en desarrollarla. Creo que la caricatura precedente es bastante elocuente al respecto: la aparición histórica de Jesús en el contexto del judaísmo fariseo, que sólo concebía la salvación en términos de obediencia estricta (interpretación literal) de preceptos específicos, significó un quiebre radical hacia una ley más formal y universal: la del amor (que luego sería traducido por caridad y que se vuelve realmente universalizable cuando Pablo le gana la disputa a Pedro sobre los gentiles). Ni siquiera dejó Jesús su preponderancia a los mandamientos de Moisés. Que por sobre todo rigiese el amor implicaba claramente un dominio de la práctica sobre lo doctrinal («por sus frutos los conoceréis»), y, por ende, un ejercicio necesario para deponer aquello que no permitiese un amor libre y radical, al punto de dar la vida por el otro. Por eso lo que la tradición sapiencial hizo al colocar a Job (un no-judío) como el hombre más justo sobre la Tierra, lo hizo también Jesús al colocar como modelo a un samaritano, alguien de quien, por su naturaleza, no se esperaría virtud alguna. Nuestros «cristianos», sin embargo, contradicen al que se supone que es su pastor cuando colocan sus discriminaciones esencialistas por encima del amor. De allí que estén tan concernidos por lo «ideológico» (lo que sea que entiendan por ello) y se opongan a toda aquella «ideología» que sea distinta a la de ellos.

Ahora bien, ¿qué es una «ideología gay«? Uno normalmente esperaría de un medio de prensa un poco más de rigor intelectual, pero así sucede cuando la fe se lleva a convicciones dogmáticas: la inteligencia, en tanto capacidad autocrítica, es lo primero que sale perdiendo. Lo segundo es la claridad lingüística. ¿Cómo un hábito sexual —esto es, algo fundamentalmente sensible— puede ser tenido por ideológico? Sólo a partir de una confusión general en la que, por ejemplo, el comunismo lleva a esas conductas licenciosas mientras que el cristianismo no. Esos esencialismos son deliberadamente miopes, porque si uno los mantuviese en otros ámbitos, tendría que decir, por ejemplo, que el catolicismo es una religión pederasta. ¿Se comprende por qué una cosa no va con la otra con ese carácter esencialista, necesario, natural que le quieren dar a lo que no les gusta?

En tiempos en que la Inquisición es asunto del pasado, de un penoso pasado, los creyentes fanáticos han tenido que aceptar, mal que bien, que no pueden dominar las conciencias de las personas; no al menos fuera de la «educación» que les es posible mantener en una sociedad libre. Pero como los que son formados con ese estrecho molde se enfrentan luego a una sociedad mucho más abierta, es comprensible que les moleste precisamente la licencia para que se dé en público lo que ellos quisieran que se mantenga en privado. Lo mismo pasaba con el tema de los curas pederastas cuando llegaba a oídos de sus autoridades. Una frase popular dice que se perdona el pecado pero no el escándalo. Como no tienen ya control sobre lo privado, quieren que al menos lo público sea un espacio impoluto. En verdad, eso es bastante ingenuo. Y el único modo de que se efectúe dentro de una sociedad democrática es formando su propia comunidad aislada que mantenga incontaminados a sus miembros. Pero eso sería igualmente ingenuo. Volvamos al tema democrático.

Decía que lo curioso en la denuncia de ACI Prensa es su apelación al presunto autoritarismo «pro gay» y a la resistencia a ello como una actitud democrática. Curioso para quienes, cuando se trata de otros temas como el consumo de alcohol, no lo consideran impositivo. O que, cuando las mayorías les son adversas, como en los casos de uniones civiles entre homosexuales aprobadas, afirman que hay cosas que están mal independientemente de lo que las mayorías elijan. Y más curioso aún cuando a su fundador lo crucificaron por aclamación popular. Curioso pero nada inocente, porque bien saben ellos que en el Perú lo mayoritario en asuntos morales es el conservadurismo. Y aún así, en su torpeza lógica, apelan a conclusiones inatinentes: inexplicablemente pasan de que la mayoría de peruanos está en contra del matrimonio entre homosexuales, a que, por ende, la mayoría de peruanos debe estar en contra de los homosexuales y a favor de que se les discrimine. ¿A qué tanto lío entonces si la mayoría de judíos estuvo a favor de que se crucifique a Jesús?

El juez italiano Gustavo Zagrebelsky, autor de uno de los ensayos más lúcidos en lo que a la fundamentación del constitucionalismo contemporáneo se refiere (El derecho dúctil, Madrid: Trotta, 2003), en La crucifixión y la democracia (Barcelona: Ariel, 1996) se sirve justamente de la elección popular entre Jesús y Barrabás para graficar cómo la decisión mayoritaria resulta insuficiente para el concepto actual de democracia. En efecto, la democracia no se restringe a los plebiscitos (y menos aún a los sondeos de opinión), sino que se asienta sobre principios normativos que no están sujetos a decisiones mayoritarias y que, no obstante, deben tener una ductilidad (lo que Hart llamaba «textura abierta del Derecho») que no tiene toda norma jurídica, mas sí, por su configuración histórica, las normas y la jurisprudencia constitucionales.

Según los redactores del portal, la ordenanza «obligaría a los establecimientos a permitir muestras de afecto homosexual, bajo pena de multas e incluso clausura del local». Lo que dicen entrelíneas es que cada local debiera tener la libertad para expulsar a cualquier pareja que muestre afecto homosexual. Eso sería algo claramente inconstitucional. El consultor al que citan afirma que «lo mínimo que debería hacer la alcaldesa es respetar la democracia y someter esta ordenanza al debate público. Si se resiste a hacerlo, es porque ya sabe lo impopular de su medida». Lo último es una falacia. Lo anterior, una conveniente ignorancia. No hay mayor respeto a la democracia que exigir el respeto de la Constitución. Y si se trata del llamado núcleo de la misma, no se trata en absoluto de algo que pueda dentro de un régimen democrático someterse a votación popular o a cálculo estadístico. El portal acude a un Dr. Flores para intentar justificar bajo el principio de libertad religiosa la violación del derecho a la igualdad; eso es insostenible desde toda la doctrina y jurisprudencia constitucional.

Esa ordenanza, que seguiría también a la Declaración sobre orientación sexual e identidad de género de la ONU y a la reciente resolución del Consejo de Derechos Humanos, no impondría pues ideología alguna; no le dice a nadie en qué debe creer (cosa que sí pretenden estos «doctores de la ley»). Lo que impone bajo los principios constitucionales de libertad e igualdad es cómo no pueden creer en lo que creen: con irrazonables tratos discriminatorios en espacios públicos. Nadie les impone que acepten dentro de sus casas o templos manifestaciones de afecto homosexual. Se trata de espacios públicos donde los municipios tienen tanta injerencia para determinar hasta qué hora se permite la venta de alcohol como —con tanto más razón— para promover el respeto a la Constitución y sancionar las prácticas que sean contrarias a ella. No se trata de fomentar la homosexualidad, tampoco. Ni siquiera les piden reconocer a los dueños de los locales algo en lo que personalmente pudiesen no estar de acuerdo, sino que, tal como se le presenta, aparece correctamente enunciada como una política municipal. Así sucede en toda sociedad que se respeta, y lo mismo, por ejemplo, en cuanto a los minusválidos (a los cuales hay la obligación de facilitarles accesos) o a los casos de racismo o machismo.

Por otro lado, a decir verdad, la ordenanza no sería «radicalmente» distinta a lo que sostiene el propio Catecismo de la Iglesia católica, en el que se afirma que los homosexuales «deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta» (2357). ¿No es lo mismo que promovería la ordenanza? Aunque, claro, los artículos siguientes ponen el parche reiterando que, no obstante, sigue siendo una conducta «objetivamente desordenada». Unas lecciones de epistemología no les vendría mal a este respecto, para enterarse que lo objetivo, lo necesario o lo real se define en el límite de lo factible más allá de la imaginación. Un adulto es objetivamente un imbécil si cree que puede atravesar muros; no si cree que puede enamorarse de una persona del mismo sexo. Entonces el asunto pasaría quizá por que definan lo que entienden a partir de su Catecismo por «respeto», «compasión» y, sobre todo, por «discriminación injusta». Me temo que no haríamos sino encontrar más esencialismos precarios, juicios limitados, argumentos falaces y, en suma, un fanatismo al que la razón le resulta siempre un estorbo.

Yo creo que es un error definir la identidad, que es algo bastante complejo, a partir de algo tan limitado como las preferencias sexuales. Es sin embargo un error de nuestra época en el que tanto personas con hábitos homosexuales como con hábitos heterosexuales caen (incluyendo en ambos lados a esos católicos presuntamente asexuados). Y podría también dar varias razones de por qué creo que la discriminación, aun la que puede considerarse inaceptable en el marco constitucional, no puede ni debe desaparecer (meros motivos filosóficos). Pero sí me parece una grosera contradicción en sus principios cuando un cristiano defiende la discriminación y se escandaliza por el igualitarismo. ¡Ellos que precisamente esparcieron las ideas de igualdad y de libertad por el mundo! ¿Con qué derecho entonces rechazan que algunos grupos indios se opongan a un proyecto de ley contra la violencia intercomunitaria, que permitiría que el Estado sancione actos de violencia contra la minoría cristiana en India? Grosera es también la utilización que sus sectores conservadores hacen del concepto de democracia; el mismo uso que le han dado los fascismos de todas las épocas y tipos. En Roma aprendí a despreciar todo monarquismo. En Roma, desde luego, y no en El Vaticano. Si tengo que elegir entre apoyar a una «ideología gay» o a una moral fascista, decididamente opto por la primera.

El decepcionante gobierno de García en materia de derechos humanos (Amnistía Internacional)

Esta semana, Amnistía Internacional ha publicado (puede descargarlo aquí) su Informe Anual 2011 sobre la situación de los derechos humanos en el mundo. Este informe, que será presentado en nuestro país el próximo 20 de mayo a las 19:30 hs. en el Centro Cultural El Olivar de San Isidro, incluye una evaluación sobre el Perú que es una buena conclusión sobre la decepcionante labor de García en esta materia. Las razones allí recopiladas son las siguientes:

1. Hubo protestas generalizadas contra el impacto social y ambiental de diversos proyectos de desarrollo en gran escala. La respuesta de García a los mismos fue promulgar un decreto aún vigente que permite el despliegue del ejército para controlar las protestas civiles.

2. En junio de 2010, García rechazó promulgar la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, que era acorde con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que el Perú ha suscrito, y con la cual se buscaba evitar conflictos como el de Bagua en el 2009. Este proyecto de ley —es importante señalarlo— había sido consensuado en el Congreso con la participación de diversas comunidades nativas.

3. En relación con lo anterior, el gobierno de García tampoco acató la sentencia que en junio del mismo año emitió el Tribunal Constitucional, en la que se ordenaba crear un marco legal que garantizase la consulta de los pueblos indígenas afectados por proyectos de desarrollo. Al contrario, se pudo verificar la entrega de concesiones a empresas petroleras «sin el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades afectadas».

4. No hubo progresos sustanciales en los procesos que debían hacer justicia por las 33 personas muertas durante el conflicto de Bagua. La impunidad con los responsables directos y el acoso a los dirigentes nativos es lo que se ha impuesto hasta el momento.

Caricatura de Heduardo publicada en El Otorongo.

5. Se ha puesto en riesgo la permanencia en suelo peruano de dos sacerdotes extranjeros que realizan labores de defensa de los derechos de las comunidades locales, con la excusa de que atentan contra la seguridad pública.

6. Se encarceló por siete meses a los líderes sindicales Pedro Condori y Claudio Boza, de manera totalmente infundada.

7. Las mujeres, especialmente indígenas y mujeres de ingresos bajos, siguieron teniendo obstáculos para ejercer sus derechos sexuales y reproductivos.

8. El uso excesivo de la fuerza pública, regulado por el Decreto Legislativo 1095, resultó en la muerte de cinco manifestantes en Chala (abril de 2010) y otros dos en Islay durante este año.

9. El gobierno de García, a pesar del reclamo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, no ha iniciado la reparación a las miles de mujeres que fueron esterilizadas sin su consentimiento por el gobierno de Alberto Fujimori, tal como se comprometió el Estado peruano en el 2003. Así tampoco se ha dado un esfuerzo satisfactorio por cumplir las reparaciones individuales propuestas por la Comisión de la Verdad y la Reconciliación.

10. El Gobierno promovió con el Decreto Ley 1097 una amnistía para los autores de violaciones de derechos humanos en el pasado. El Congreso derogó finalmente dicho decreto, pero mantuvo otros dos que permiten que se juzgue a los militares acusados por violaciones de derechos humanos en el fuero militar, y no en el civil como lo ha dispuesto también el Tribunal Constitucional.

Hugo Relva, representante de la institución, ha calificado por ello al gobierno de García como decepcionante. No se equivoca, pero poco era esperable que sobre esta materia hiciese quien, más allá de su «ego colosal», ha revelado siempre en sus declaraciones y en sus escritos (como El perro del hortelano) un profundo desprecio por el diálogo (uno que sea auténticamente tal y no pretenda imponer una agenda de desarrollo), así como por las decisiones que las comunidades locales toman respecto de su entorno desde cosmovisiones distintas a la suya. Esta casi inexistente voluntad de diálogo ha sido una práctica sistemática dentro del régimen que culmina en los próximos meses, para el cual los que protestan son «ciudadanos de segunda categoría». Esperemos que el próximo gobiernante no mantenga estas malas prácticas.

La seriedad de Cipriani. Vade retro, cardenal

El pasado 1º de mayo el cardenal Juan Luis Cipriani publicó en el diario El Comercio un artículo titulado «Los irrenunciables derechos humanos». Dos son los pájaros que el príncipe de la Iglesia católica ha querido liquidar juntos: las críticas de Mario Vargas Llosa por su cercanía con la dictadura fujimorista y la frase que se le adjudica en la que calificaba a los derechos humanos como una cojudez. Incluso más allá de si logra sus objetivos, el texto revela la ignorancia, los prejuicios y los deliberados engaños del cardenal. Me refiero a lo siguiente:

LO QUE CITA:

1. Dice que los derechos humanos constan «en la doctrina de Santo Tomás de Aquino«. No refiere siquiera dónde se encuentra eso. ¿Habrá leído al Aquinate o se basará en algún manual de Navarra? Lo cierto es que en ningún lugar de su vasta obra Tomás de Aquino trata sobre la concepción moderna de derechos humanos. Lo más próximo sería su noción de ley natural, pero no deriva de ella en absoluto lo otro por tratarse de una noción sumamente restrictiva con la libertad personal, que no renuncia sino que depende con mayor fuerza de sus doctrinas dogmáticas que sacan del centro al sujeto y colocan una objetivante verdad fuera de la cual éste no podría salvarse. Muy distinto es por otro lado el derecho natural de Guillermo de Ockham, que no será «santo» ni doctor de la Iglesia, pero fue un teólogo cristiano mucho más perspicaz y defensor de la libertad personal porque comprendía que la verdad cristiana (la caritas) habita —agustinianamente hablando— al interior del hombre, y no en un dogma institucionalmente establecido que aliena esa verdad.

2. También dice que el Concilio Vaticano II desarrolló esta doctrina «de manera muy significativa». A decir verdad, el aggiornamento de ese concilio fue bastante insuficiente para los cambios de los tiempos. Y a pesar de eso, el papa Ratzinger ha dado ostensibles pasos en reversa, desde los más formales como el volver a celebrar misa en latín, hasta otros más doctrinales y menos anecdóticos. Las voces de protesta a ese respecto se han dejado escuchar en los últimos años en Europa, pero, claro, de eso calla nuestro cardenal.

3. Afirma asimismo que «ya Aristóteles los aludió en la Ética a Nicómaco y fue tema importante de la filosofía griega». (¿¡Qué?!). Esta línea es tan absurda e insostenible que, si fuese cristiano, me daría vergüenza el sólo reproducirla. Supongamos, con buena fe, que simplemente no ha leído dicha obra; porque si lo hubiese hecho y sostuviese lo mismo tendríamos que poner en seria duda su capacidad intelectual. Más allá de eso, no parece advertir el cardenal la línea cristiana que va dando paso a la concepción moderna de los derechos humanos. Es una línea agustiniana y no tomista, que si se remonta más atrás debe hacerlo en línea hebrea y no griega, y que tiene entre sus principales adalides a religiosos protestantes mucho más que a católicos, que los hubo, pero muy excepcionalmente y sin mucho trasfondo que los apoyara, como Bartolomé de las Casas. Los primeros católicos modernos que se insertaron en esa línea fueron disidentes espantados de las guerras religiosas y alejados ya de todo intento contrarreformista y toda práctica inquisitorial. Desde la Iglesia, sin embargo, arreciaron dichas prácticas mucho más que en la Edad Media. Algunos jesuitas como Spee las condenaron argumentadamente y se orientaron en defensa de la libertad individual hasta que el papado decretó la supresión de la Compañía de Jesús, que en el siglo XVIII resultaba molesta por su liberalismo y su «laxismo moral». Tras todo ello, era evidente que esta línea sólo podía secularizarse para evitar los dogmatismos religiosos que le cerraban el paso. Allí es donde tomó cuerpo en manos de los filósofos ilustrados y con la Declaración de 1789, y logró su forma filosófica más acabada, secular pero en los fundamentos aún cristiana, en la filosofía moral de Kant. De allí a la reciente Declaración de 1948 hay sólo un paso. La otra línea es la jurídica del constitucionalismo y del derecho internacional, que en varias ocasiones durante el régimen fujimorista criticó también Juan Luis Cipriani, como critica ahora las políticas de distribución de anticonceptivos.

4. Luego cita una publicación propia de 1985 (Catecismo de Doctrina Social) donde habría escrito que «los derechos humanos son cualidades rectas y justas que tiene el hombre por su propia condición de persona”. Y que «como derechos naturales innatos –con los que el hombre nace, vive y muere–, tienen como fundamento la ley natural, impresa por Dios en la naturaleza humana, para que sea guía y norma de conducta en su vida temporal».

Los derechos humanos no son «cualidades rectas que tiene el hombre…». La definición de Cipriani parte de un conocimiento seguro y correcto de la naturaleza humana. La definición vigente de derechos humanos parte de una suspensión de juicio respecto de los conocimientos que se creen ciertos sobre su naturaleza y, sobre todo, la finalidad que tendría la misma. Esta diferencia se deja notar en las consecuencias prácticas. Mientras una se abre realmente a toda persona y particularmente a los más desprotegidos, la otra se cierra sólo a aquellos que «libremente» quieran encaminarse según las verdades que Dios ha dispuesto por naturaleza. En ese sentido se orienta también la «ley natural» a la que hace mención, que quizá sea la más antinatural que el hombre haya concebido. Lo natural es lo que efectivamente puede darse en la realidad, no lo que una institución moralista determine como tal.

5. Señala también que durante su arzobispado en Ayacucho el episcopado tenía varios programas sociales. Lo que cientos de personas le han reclamado (religiosos inclusive) no es eso, sino el absoluto abandono y desprotección en que su arzobispado dejaba a quienes a él acudían temerosos por la violencia de la que eran víctimas, tanto la de los terroristas como de los militares. Según varios testimonios, luego recogidos y contrastados por la prensa independiente, había incluso un cartel en su puerta solicitando que no molestasen y que se dirigieran a las instituciones correspondientes. Según Cipriani, ese cartel tenía otro fin, pero tal parece que en la noción de caritas del ahora cardenal es más importante el rito litúrgico que el auxilio y la compañía pastoral (contrariamente a lo que Jesús proclamó).

6. Según Cipriani, él nunca calificó a los derechos humanos como una cojudez, sino que ha sido maliciosamente interpretado. Asegura haber dicho al reportero de Caretas: «Y durante ese tiempo no he visto a los de la Coordinadora de Derechos Humanos… ¡esa cojudez!», refiriéndose a la Coordinadora. Tendría el cardenal que admitir que, a la luz de su propia declaración, la expresión es lo suficientemente ambigua como para entenderse del modo que le disgusta. Pero, aun si se hubiese referido a la Coordinadora, eso significa que una institución que defiende y promueve el respeto por los derechos humanos es para él una cojudez, con lo que no se aleja realmente en nada de lo otro. Nótese además que «cojudez» es una palabra tan fuerte para el cardenal, que en su artículo se limita a poner unos puntos suspensivos más ambiguos aún (como si uno dijese de él: «¡ese…!»). Y en el mismo artículo afirma que esa frase fue grabada deslealmente por el reportero que no le advirtió que estaba siendo grabado. ¿Se dará cuenta el cardenal que con estas declaraciones demuestra su doblez moral? En público, hay que ser decente; en privado, no. Esa doblez es la misma que su Iglesia (tanto con el papa Ratzinger como con el papa Wojtyla) ha estado vergonzosamente demostrando con la prohibición de denunciar en público los casos de pederastia. Es que el perdón de Dios alcanza al pecado pero no al escándalo, ¿verdad? Felizmente existen leyes humanas, porque esa «ley natural» del cardenal no representa ninguna justicia.

7. Cipriani dice también que él no confunde su calidad de miembro numerario del Opus Dei con la de primado de la Iglesia católica peruana. Esto debe ser una broma de mal gusto. O de otra manera, esto sí sería una cojudez. Es evidente el copamiento que el Opus Dei ha tenido en los últimos años de un gran número de diócesis y parroquias gracias al mandato directo e irrefutable del cardenal. Se ha impuesto prepotentemente por sobre la voluntad de los fieles tanto como sobre diversas órdenes, sin importarle ni su antigüedad ni su actividad pastoral. De eso no sólo he recibido testimonios de numerosos religiosos, sino que además lo he presenciado en Arequipa y en la capilla de la Pontificia Universidad Católica del Perú, donde los sacerdotes que suscriben en sus enseñanzas la Teología de la liberación no pueden celebrar misa. Otros casos polémicos han sido los de la expulsión de la Congregación Maryknoll de Juli (Puno) y el irracional veto contra el teólogo y reconocido biblista Eduardo Arens porque «no mencionaba el nombre del Obispo en misa, y que su estilo de celebración era muy popular». Un hombre tan dogmático y autocrático no obedece sólo al Papa, como afirma, sino sobre todo a lo que su torcida razón e intereses personales y sectarios le ordenan. En la doctrina moral católica eso se llama concupiscencia.

LO QUE NO EXPLICA:

8. Lo que Cipriani no ha explicado es una serie de acusaciones que se condicen bien con las que le conocemos en Lima. Por ejemplo, que siendo obispo auxiliar de Ayacucho les prohibiera a los jesuitas enseñar en la Universidad de Huamanga y que haya cerrado oficinas de ayuda social dirigidas por religiosos como el jesuita Carlos Schmidt McCormack. Tampoco ha aclarado —le sería más difícil que lo de la «cojudez»— por qué afirmó en 1993, durante una homilía por el día del Ejército y poco después de que se hiciera pública la denuncia por los crímenes del grupo Colina en La Cantuta que «el caso La Cantuta está siendo utilizado políticamente y bajo el pretexto de la defensa de los derechos humanos se está dando el último intento de atropellar la libertad del pueblo peruano. Esa libertad que ya la hemos consolidado todavía encuentra pequeñas voces de peruanos que no tienen cariño a su pueblo y siguen creando dudas acerca de la integridad moral del Ejército y de las autoridades que gobiernan el país. Y esas dudas son una traición a la patria». ¿Se equivoca Vargas Llosa cuando afirma que el cardenal defendió a ultranza los crímenes de Fujimori? En absoluto. ¿Dudar es un pecado y una traición para el cardenal? Claramente lo es. El cardenal defiende el «chicheñó». Por lo mismo en 1994 criticó a quienes rechazaron la amnistía que liberaba a los miembros del grupo Colina, acusándolos de armar «un circo político».

Sorprende que ahora el cardenal se faje a favor de la libertad cuando en 1996, en momentos en que la prensa opositora empezaba a documentar los crímenes de Fujimori, el cardenal exhortara a que Indecopi y la Defensoría del Pueblo se encargaran de «velar por la veracidad de las publicaciones».

EL CARDENAL SÍ TIENE QUIÉN LE ESCRIBA:

9. Cipriani le ha pedido seriedad Vargas Llosa por sus recientes declaraciones en contra de la candidata Fujimori. Esa seriedad que él no tiene ni siquiera cuando hace tales declaraciones. Que se sepa, el escritor no tiene el respaldo y coerción institucional que tiene el cardenal, que no ha tenido reparos nunca (ni siquiera ahora) para utilizar sus homilías, comunicados y programa radial para hacer una burda politiquería y moralismo, diciéndole a sus feligreses cómo y en qué deben creer si quieren ser niños buenos. ¿Y ahora quiere presentarse como defensor de la libertad que estos tienen, como si Vargas Llosa la estuviese coactando? Esa supuesta defensa no tiene la autoridad moral que les daba a los profetas su desinterés y distancia frente a toda forma de poder. El espíritu de las palabras de Cipriani confirma siempre que no sólo de pan vive ese hombre, sino también del poder que tiene sobre otros, especialmente si son hombres poderosos. Representa así muy bien a la cristiandad como proyecto político pero no al cristianismo como caritas, y no deja de ser sintomático que este artículo suyo termine aludiendo justamente a la cristiandad. Por poner un ejemplo de claro interés y angurria personal, en una de sus emisiones radiales exhortó a los «buenos católicos» que estudian o trabajan en la Pontificia Universidad Católica del Perú a que se opongan a la defensa que ésta viene sosteniendo en contra de sus intentos por hacerse con el control de la misma. ¿Qué autoridad es la que puede pretender ahora el cardenal? Institucional, sin duda, pero no moral.

10. Si los derechos humanos son, como dice en su artículo Cipriani, el derecho «a actuar libremente», eso mismo confirma que él es un continuo y sistemático ultrajador de estos derechos, diciéndole incesantemente a la gente cómo deben de actuar y qué está prohibido hacer porque es pecado. Lo que pasa es que uno es libre pero sólo para hacer lo que está dentro del plan que se les ha ocurrido a unas gentes hacer aparecer como plan divino. Ocultar su humanidad de origen es el mejor mecanismo de control; sacralizando, canonizando y condenando a su conveniencia. Pero eso mismo hace que la humanidad negada y reprimida termine por estallar y de la peor manera, como en el caso de los sacerdotes pederastas. Vargas Llosa no se equivoca al decir que el cardenal Cipriani representa el sector más oscurantista de la Iglesia católica.

El primer derecho de un cristiano (que piense en seguir a Jesús antes que a un príncipe del Vaticano) es a disentir de sus autoridades y de la Iglesia. Pues no se puede obedecer a dos señores a la vez. Y en algunos circunstancias, más que un derecho, es su deber. Como lo hizo Ockham contra el Papa. Como lo hizo Kierkegaard contra su obispo. Éste último gastó sus últimas fuerzas y dinero en combatir al que desde su profunda religiosidad consideraba el primer enemigo del cristianismo: la cristiandad. En el Perú sabemos bien a qué se refería.